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12/12/2024
Fuente: telam
La ‘Ley para la regulación y empleo de medios aéreos, navales y terrestres no tripulados’ fue aprobada a mano alzada por el pleno de diputados durante una sesión especial celebrada la tarde del miércoles en el municipio de Cárdenas, departamento de Rivas, fronterizo con Costa Rica
>La Asamblea Nacional (Parlamento) de Nicaragua informó este jueves que aprobó con carácter urgente una iniciativa de ley propuesta por el presidente del país, Daniel Ortega, que regula el uso de drones en el territorio nacional para evitar “toda injerencia extranjera”.
Según el titular del Parlamento, el sandinista Gustavo Porras, ese proyecto enviado en la víspera por el Ejecutivo tiene como fin “garantizar que estos medios (drones) no constituyan una amenaza y riesgo para la paz, soberanía, independencia, autodeterminación e integridad territorial nacional”.
En su exposición de motivos, el dictador Ortega, de 79 años y en el poder desde 2007, explicó que la Constitución establece que “toda injerencia extranjera en los asuntos internos de Nicaragua о cualquier intento de menoscabar esos derechos, atenta contra la vida del pueblo” y que “es deber de todos los nicaragüenses preservar y defender estos derechos”.
Por tanto, consideró que “el empleo al margen de la ley de medios aéreos, navales y terrestres no tripulados constituyen una amenaza y riesgo para la paz, la soberanía, la independencia, la autodeterminación y la integridad territorial, las operaciones aéreas, navales y terrestres, y la infraestructura crítica del país”.La Presidencia de la República será la única entidad que autorizará el ingreso y el empleo de drones, a través de la Autoridad de Aplicación, y lo hará cuando sea con fines de estudios científicos, labores de búsqueda, salvamento y rescate, así como para eventos turísticos, recreativos, deportivos y culturales, según esa nueva normativa.
La Dirección General de Servicios Aduaneros, en un plazo de 30 días, deberá presentar a la Autoridad de Aplicación el registro y bases de datos de medios aéreos no tripulados que han ingresado al país cumpliendo la tramitología de los servicios aduaneros.
Serán penal о administrativamente responsables las personas naturales o jurídicas que contravengan lo dispuesto en esa ley y serán sancionados conforme la pena del delito o falta, sin especificar.
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